Seguridad para la compra-venta es un concepto que siempre está
presente en el mercado inmobiliario, y se entiende como el conjunto de
medidas que deben adoptarse al momento de hacer esa importante
inversión, para que se lleve a cabo con éxito y con el menor número de
trabas posibles.
Esas medidas, que son asumidas por el comprador asesorado
adecuadamente, involucran fundamentalmente el tema legal de la
propiedad que será adquirida y que se basa en una máxima que resume el
especialista en el área y docente de la Cámara Inmobiliaria de
Venezuela, . El sugiere revisar todos los permisos y los
documentos de propiedad.
Acota que esta revisión difiere según las diversas etapas de las que
consta una transacción inmobiliaria; o si mas bien se trata del
mercado primario o el secundario. En cualquier caso, recomenta que
debe llevarse a cabo antes de que se haga cualquier desembolso en
dinero.
Explica que en el caso del mercado primario, con proyectos en preventa
y aún en ejecución, es importante que el comprador vea una copia del
documento de propiedad del terreno, que debe estar a nombre de la
empresa promotora, junto con los permisos de construcción
correspondiente.
Más pilas si es usado. En el caso de la compra de un inmueble que ya
posee un dueño, es decir de mercado secundario, la revisión debe ser
más detallada. La primera medida que debe llevar a cabo el comprador o
quien lo asesore, sea asesor, es acudir al registro
inmobiliario para constatar que la propiedad no esté hipotecada o
tenga sobre ella alguna medida judicial como embargo o aseguramiento
de bienes que impida una transacción
También destaca la importancia de verificar que el inmueble no
sea parte de una partición sucesoral o que, si así fuese, cuente con
los requisitos legales para ser vendida; es decir certificado de
liquidación sucesoral, opción de compra o documento de compra-venta a
nombre de todos los herederos, y poder que autoriza a un heredero a
vender en nombre de los demás.
Registro y protocolización. Con el tema de los poderes, Es
particularmente enfático, no solamente en el caso de las sucesiones:
"Siempre que una persona haga una transacción gracias a un poder, hay
que revisar que dicho poder le dé las facultades para comprar y
vender". (Notariado y Registrado)....
Esto se aplica en la compra-venta de inmuebles propiedad de una
compañía. En ese caso se verifica en las asambleas de la empresa
quiénes pueden comprar o vender los bienes corporativos.
Otros papeles que deben revisarse y tenerse al día antes de una
transacción son la cédula catastral y la solvencia de derecho de
frente, que además suelen ser requeridos por los bancos para otorgar
los créditos hipotecarios junto con la opción de compra. También
recuerda que las instituciones financieras piden que las opciones de
compra "no tengan más de siete días de emitidas" antes de solicitar el
crédito, por lo que es recomendable obtener estos documentos (cédula y
solvencia) antes de redactar la opción de compra. Por ello sugiere a
los asesores inmobiliarios preparar esos documentos con suficiente
antelación, de ser posible en lo que le den la exclusividad sobre el
inmueble y no esperar que surja el cliente para iniciar esos
trámites".
Lo de registro y protocolización suele prestarse a confusión y traer
problemas al momento de la transacción. Cada tipo de documento tiene
su forma de legalizarse.
"El documento de reserva es un documento de carácter privado entre las
partes; la opción de compra debe llevarse a la notaría y el documento
de compra-venta sí tiene que registrarse obligatoriamente",
presente en el mercado inmobiliario, y se entiende como el conjunto de
medidas que deben adoptarse al momento de hacer esa importante
inversión, para que se lleve a cabo con éxito y con el menor número de
trabas posibles.
Esas medidas, que son asumidas por el comprador asesorado
adecuadamente, involucran fundamentalmente el tema legal de la
propiedad que será adquirida y que se basa en una máxima que resume el
especialista en el área y docente de la Cámara Inmobiliaria de
Venezuela, . El sugiere revisar todos los permisos y los
documentos de propiedad.
Acota que esta revisión difiere según las diversas etapas de las que
consta una transacción inmobiliaria; o si mas bien se trata del
mercado primario o el secundario. En cualquier caso, recomenta que
debe llevarse a cabo antes de que se haga cualquier desembolso en
dinero.
Explica que en el caso del mercado primario, con proyectos en preventa
y aún en ejecución, es importante que el comprador vea una copia del
documento de propiedad del terreno, que debe estar a nombre de la
empresa promotora, junto con los permisos de construcción
correspondiente.
Más pilas si es usado. En el caso de la compra de un inmueble que ya
posee un dueño, es decir de mercado secundario, la revisión debe ser
más detallada. La primera medida que debe llevar a cabo el comprador o
quien lo asesore, sea asesor, es acudir al registro
inmobiliario para constatar que la propiedad no esté hipotecada o
tenga sobre ella alguna medida judicial como embargo o aseguramiento
de bienes que impida una transacción
También destaca la importancia de verificar que el inmueble no
sea parte de una partición sucesoral o que, si así fuese, cuente con
los requisitos legales para ser vendida; es decir certificado de
liquidación sucesoral, opción de compra o documento de compra-venta a
nombre de todos los herederos, y poder que autoriza a un heredero a
vender en nombre de los demás.
Registro y protocolización. Con el tema de los poderes, Es
particularmente enfático, no solamente en el caso de las sucesiones:
"Siempre que una persona haga una transacción gracias a un poder, hay
que revisar que dicho poder le dé las facultades para comprar y
vender". (Notariado y Registrado)....
Esto se aplica en la compra-venta de inmuebles propiedad de una
compañía. En ese caso se verifica en las asambleas de la empresa
quiénes pueden comprar o vender los bienes corporativos.
Otros papeles que deben revisarse y tenerse al día antes de una
transacción son la cédula catastral y la solvencia de derecho de
frente, que además suelen ser requeridos por los bancos para otorgar
los créditos hipotecarios junto con la opción de compra. También
recuerda que las instituciones financieras piden que las opciones de
compra "no tengan más de siete días de emitidas" antes de solicitar el
crédito, por lo que es recomendable obtener estos documentos (cédula y
solvencia) antes de redactar la opción de compra. Por ello sugiere a
los asesores inmobiliarios preparar esos documentos con suficiente
antelación, de ser posible en lo que le den la exclusividad sobre el
inmueble y no esperar que surja el cliente para iniciar esos
trámites".
Lo de registro y protocolización suele prestarse a confusión y traer
problemas al momento de la transacción. Cada tipo de documento tiene
su forma de legalizarse.
"El documento de reserva es un documento de carácter privado entre las
partes; la opción de compra debe llevarse a la notaría y el documento
de compra-venta sí tiene que registrarse obligatoriamente",
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